Hoy te quiero compartir una información súper valiosa que te será de gran utilidad, ya seas emprendedor, dueño de negocios o un empleado. Como ya sabes, la finalidad de este segmento es ayudarte a cuidar tu dinero, pero también el de tu empresa. Como el conocimiento es poder, te comparto ciertas prácticas que realizan algunas empresas de nuestro país, las cuales no son legales y que de no saber esto, puede hacer que gastes dinero sin necesidad. Ahora bien, si eres emprendedor o empresario, la información también te servirá para realizar prácticas correctas y proteger el dinero de tu empresa.
¿Te ha sucedido que vas a un establecimiento a realizar una compra y te dicen por ejemplo: ‘’Si es en efectivo el monto es 1,000.00 y si es con tarjeta es 1,200.00’’?
A mí me ha sucedido en distintos lugares, sin embargo, es bueno que sepas que estas prácticas no son correctas. De acuerdo a la Ley 358-05 de Protección al Consumidor, señala que los precios no podrán ser modificados en función del medio de pago utilizado. Es decir, el precio debe ser el mismo, ya sea con una compra en efectivo, por transferencia o por tarjeta de crédito.
¿Por qué muchos establecimientos se han visto en la necesidad de cobrar adicional por el uso de tarjetas de crédito? Bueno, quizás no tenías conocimiento de que las empresas intermediarias de tarjeta de crédito (las que facilitan el veriphone), cobran comisiones. Por ejemplo, en la mayoría de los casos, por cada RD$ 10,000 que se venden a través del veriphone, las empresas intermediarias pueden cobrar entre RD$ 500- RD$ 800 pesos. Como son montos relativamente altos cuando se comparan con ventas elevadas, los gastos de comisiones son muy elevados.
Las empresas muchas veces, para disminuir los gastos, recurren a cobrarles a los clientes parte de esas comisiones.
Son muchos los casos mencionados de multinaciones e internacionales que cobran propina legal en situaciones donde no corresponde. Para ponerte en contexto, la propina legal es un cargo adicional que se hace en las facturaciones de restaurantes y sector hotelero. Por ejemplo, vas a un restaurante y consumes $ 1,000.00 en comida, comiste dentro y te sirvió un mesero. A ese monto le sumarán $ 100.00 en la factura correspondiente a un 10% de una propina que legalmente debes pagarle a ese mesero o mesera.
¿Qué sucede en la práctica? Que muchos establecimientos cobran la propina aun cuando no se necesita la asistencia de un mesero (delivery y drive thru o autoservicio).
En septiembre del 2021, La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), , consideró que la propina obligatoria que dispone el artículo 228 del Código de Trabajo no debe ser incluida en las cuentas de comidas y bebidas que serían consumidas en un lugar diferente al negocio o comercio que las vendió (“take out o delivery “).
Entonces, ¿Qué debe hacer el establecimiento que cobra las propinas legales? Debe distribuir todo el dinero de la propina a los meseros. Así lo indica la ley. Ese dinero recaudado no es de la empresa, es de quienes sirven a los clientes.
Esta información debes tenerla en consideración si eres propietario de un restaurante o establecimiento acogido al sector turismo, si eres emprendedor, camarero y/o ciudadano en general.